Es un documento que proporciona información objetiva sobre las características energéticas de los edificios.
El objetivo del certificado de eficiencia energética es informar al futuro comprador o arrendatario de la calidad energética de la vivienda que va a adquirir o alquilar. Además, ofrece información objetiva sobre el consumo de energía y las emisiones de CO2 del edificio.
A partir de la publicación del Real Decreto 235/2013, las viviendas en venta o alquiler deben disponer de este certificado. No siendo obligatorio para los inmuebles arrendados por un periodo inferior a cuatro meses.
Para la elaboración de este certificado se visita la vivienda objeto con el fin de realizar una toma de datos. Se realiza una inspección ocular que incluye revisión de la envolvente térmica de la construcción, orientación solar de los paramentos exteriores y determinación de las sombras que afectan al inmueble, instalaciones de calefacción, refrigeración y agua caliente existentes, medición de la vivienda (incluyendo las superficies de los huecos y carpinterías), fotografías y levantamiento de croquis.
Posteriormente, mediante el programa CE3X se obtiene el Consumo de Energía y sus Emisiones de Dióxido de Carbono.
A través del registro en la web IVACE ((Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) en el caso de la Comunidad Valenciana, se obtienen los siguientes documentos:
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años, excepto cuando la calificación energética sea G, cuya validez máxima será de cinco años.
La Cédula de Habitabilidad es el documento que acredita el cumplimiento de la normativa técnica sobre habitabilidad establecida por la Generalitat Valenciana, necesario para que cualquier clase de vivienda sea considerada apta a efecto de su uso residencial o destinada a vivienda turística.
Las normas de habitabilidad de la Generalitat Valenciana contienen las exigencias mínimas obligatorias que debe reunir una construcción para que sea considerada vivienda.
Habitualmente las Licencias de Ocupación se obtienen tras inscribir las viviendas en el registro una vez se han construido, pero tienen un periodo de caducidad de 10 años, por lo que es habitual tener que renovarlas. Se suele necesitar en operaciones de compraventa de las viviendas, a la hora de dar de alta los suministros de Agua, Electricidad o Gas, o cuando se modifican los datos de titularidad de los contratos existentes.
También se requiere cuando se quiere destinar la vivienda a uso turístico, y es necesario acreditar su compatibilidad urbanística.
Para la elaboración de este certificado se visita la vivienda objeto con el fin de realizar una toma de datos. Se realiza una inspección ocular, medición de la vivienda, fotografías y levantamiento de croquis.
Este certificado es un documento técnico en el que se acredita y certifica la superficie exacta del inmueble, sea una vivienda, local, garaje, parcela, etc.
El certificado de superficie y antigüedad es un documento técnico, registrado en el Colegio Profesional, que acredita y certifica la superficie exacta de un inmueble, ya sea una vivienda, local, garaje, parcela, etc. así como su antigüedad y sus coordenadas georreferenciadas.
En el caso de viviendas, se indicará la compartimentación del inmueble y los diferentes usos que se le den, así como las superficies construida e útil.
En el caso de parcelas la medición se puede realizar mediante la utilización de GPS.
Este tipo de certificados sirve para modificar o legalizar una parcela, una construcción, una ampliación, una piscina, etc.
(Vivienda terminada en «edificio en construcción»)
Este certificado es un documento técnico en el que se acredita que una determinada finca registral se encuentra totalmente terminada y tiene una antigüedad suficiente para registrarla en el Registro de la Propiedad.
Este tipo de certificados se utilizan cuando el Final de Obra de una vivienda unifamiliar o de un edificio no se acreditó en el Registro de la Propiedad al finalizar la misma y por tanto consta en el Registro de la Propiedad como “obra en construcción”.
Este certificado incluye las coordenadas georreferenciadas del inmueble.
Certificado técnico para acreditar que la vivienda donde se pretende realizar la reagrupación familiar cumple con las condiciones exigidas por el Ayuntamiento: número de habitaciones y uso de cada una de ellas, número de camas y cunas, disponibilidad de suministro eléctrico y de agua, cumplimiento de las normas de habitabilidad.
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